Actualmente vivimos en tiempos de alta rotación de personal, y es común que un empleado de mando medio o incluso un directivo pase a las filas de la competencia, pero entonces ¿cómo proteger el conocimiento y la cartera de clientes de la empresa?. El bufete de abogados MensLegis recomienda establecer un pacto de no concurrencia en los contratos de trabajo y en esta nota proporcionamos más detalles al respecto.

Un pacto de no concurrencia evita que los empleados de la empresa sean contratados por una organización que es nuestra competencia. Pero este tipo de contratos establece también nuevas exigencias para las empresas. Al establecer un pacto de no concurrencia se logra proteger el know how de la empresa y la cartera de clientes, pero se debe tener en cuenta que un contrato con ese tipo de acuerdo afecta el desarrollo económico y profesional del empleado, por tanto se necesita establecer una compensación de acuerdo al cargo que desempeña, además de considerar el plazo que el trabajador no podría trabajar en otros sectores similares.

Si un trabajador rompe el acuerdo se estaría obligado a indemnizar a la empresa, considerando al menos el importe que recibió como compensación económica. Los abogados recomiendan que se establezca los montos de compensación al momento de establecer el contrato. Por otro lado, la empresa también puede faltar al contrato si no aporta al empleado la compensación acordada. Se debe tener en cuenta que un pacto de no concurrencia no puede exceder los dos años para personal técnico y seis meses para los demás trabajadores.

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